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Justicia

El Supremo anula la sanción a un guardia civil que grabó a sus superiores en el puesto de Beriáin

Los hechos ocurrieron el 7 de febrero de 2020

Ampliar Fachada del Tribunal Supremo, en la plaza de las Salesas
Fachada del Tribunal Supremo, en la plaza de las SalesasColpisa
Publicado el 30/07/2022 a las 10:53
El Tribunal Supremo no ve "acto ilícito" en que una conversación sea grabada por uno de los participantes y por ello ha anulado una sanción disciplinaria a un sargento de la Guardia Civil que registró una reunión con sus superiores "porque no le iban bien las cosas en el puesto" y porque siguió "un mal consejo".
El sargento fue sancionado como autor de una falta grave por "desconsideración" con sus superiores "en el ejercicio de sus funciones, con ocasión de ellas o vistiendo de uniforme", un castigo que no comparte la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo, que ha estimado el recurso del agente.
Los hechos ocurrieron el 7 de febrero de 2020, cuando el capitán jefe de la Compañía de Pamplona mantuvo una entrevista con el sargento y el teniente jefe de la sección fiscal en el puesto de Beriáin para aclarar una incidencia del servicio.
Una conversación que, sin que los oficiales lo supiesen, estaba registrando el sargento en una grabadora que llevaba en el bolsillo izquierdo de su camisa, según consideró probado el Tribunal Militar Central, que avaló el castigo.
En un momento determinado, se escuchó "un sonido extraño" y los oficiales, "desconcertados, se pusieron de pie para buscar su procedencia". El sargento extrajo entonces la grabadora y, "evidenciando nerviosismo", dijo que "registraba la conversación porque no le iban bien las cosas en el puesto".
Pidió disculpas y manifestó que "su conducta se debía a haber seguido un mal consejo".
La Sala de lo Militar expone en su sentencia que "grabar una conversación por uno de los partícipes en ella no puede por sí sólo considerarse un acto ilícito con independencia de lo que nos parezca tal conducta", de modo que anula la sanción al sargento.
Tampoco puede considerarse, continúa, "una falta de respeto, pues se puede respetar al interlocutor y, a pesar de ello, grabar la conversación", ni por ello "se le hace de menos ni se falta gravemente a la cortesía con el interlocutor".
Eso sí, advierte que cuestión distinta es la difusión de la conversación grabada, cuestión que en este caso no se plantea. 
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