Numismática

Las monedas de euro que se retiran este mes de julio

Una nueva Orden establece, como novedad, el destino de las monedas falsas

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Ana Mª Esparza Aós

Actualizado el 27/06/2023 a las 09:08

¿Qué pasa con las monedas falsificadas? ¿Cuándo se retiran de circulación las monedas estropeadas? A estas dos preguntas responde la nueva orden publicada en el BOE el 22 de junio, una orden que establece el destino que hay que dar a las monedas de un euro no aptas para la circulación así como a las piezas falsas.

La legislación en torno a las monedas quedó establecida por Ley en 1975, cuando la Ley de Regulación de Moneda Metálica aclaraba cómo gestionar el tratamiento de las monedas no aptas para su circulación. Posteriormente, fue la Orden del 2 de mayo de 1983 la que determinaba el tratamiento de las monedas deterioradas, tanto las operaciones de desmonetización como la reutilización o venta del material resultante. Pero esta orden tenía un vacío, ya que en ningún momento explicaba qué hacer con las monedas falsas que se detectaban.

Así que debido al importante volumen de monedas de euros falsas que se han acumulado en el Banco de España, se ha visto la necesidad de regular la destrucción de estas piezas en una nueva orden. Este nuevo texto, la Orden ETD/647/2023, se estructura en nueve artículos, una disposición derogatoria y dos disposiciones finales y está dirigida al Banco de España y a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.

EL RECORRIDO DE LAS MONEDAS

Para autentificar las monedas, las piezas se clasifican en monedas aptas, presuntamente falsas o no aptas para la circulación. Se consideran no aptas para la circulación aquellas que piezas auténticas que han sido rechazadas durante el proceso de autentificación o que hayan sido alteradas.

Las monedas falsas son todas aquellas que tienen apariencia de moneda de euros pero que han sido fabricadas fraudulentamente y que como tales son consideradas por el Banco de España.

Una vez detectadas las monedas que se tienen que retirar, el Banco de España tiene la obligación de entregar las piezas a la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre - Real Casa de la Moneda. Esta entrega debe quedar reflejada en recibos o actas donde se comunique el valor nominal o facial de las monedas.

Las operaciones de desmonetización y la destrucción la llevará a cabo la Fábrica de Moneda que, previa autorización de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, podrá utilizar los materiales obtenidos para acuñaciones sucesivas. Si los materiales no pueden ser aprovechados, la nueva orden establece un periodo para su venta mediante subasta pública.

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