Tribunales
Pedraz descarta imputar al PSOE antes del 29-N, pero avisa de que las 'cloacas' orquestaron "actuaciones delictivas"
El juez aplaza también la declaración como investigado del exsecretario de Organización socialista Santos Cerdán, que no será interrogado de inmediato en plena precampaña electoral


Publicado el 10/10/2026 a las 05:00
El PSOE afrontará la campaña electoral del 29-N sin figurar, por el momento, como persona jurídica investigada en el caso de las 'cloacas' de Ferraz. El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha rechazado la petición del PP de imputar a la formación socialista, aunque en su resolución señala que el grupo "liderado por Santos Cerdán y coordinado por Leire Díez", con la colaboración de la gerente del partido, efectuó "diversas actuaciones delictivas" destinadas a "proteger los intereses del PSOE". El magistrado, como la Fiscalía, considera que todavía falta acreditar si la estructura económica y organizativa de Ferraz participó conscientemente en la financiación de las maniobras contra jueces, fiscales y policías que investigaban asuntos comprometedores para el Gobierno y el entorno de Pedro Sánchez.
Pedraz también aplaza la declaración como investigado del exsecretario de Organización socialista Santos Cerdán, que no será interrogado de inmediato en plena precampaña electoral. El juez considera necesario practicar antes otras diligencias, particularmente sobre los pagos realizados desde Ferraz, para que el antiguo número tres del partido disponga de los elementos necesarios para ejercer su defensa. Deja abierta, en cualquier caso, la posibilidad de que Cerdán solicite declarar antes por iniciativa propia.
El auto, fechado este 9 de octubre, contiene una descripción especialmente severa de las actividades que atribuye al supuesto entramado. Pedraz reproduce su conclusión de que sus integrantes pretendían "desestabilizar de forma sistemática y continuada cualquier procedimiento judicial u actuación policial que pudiera impactar directa o indirectamente en los intereses del PSOE o del gobierno", en un momento de sucesivas investigaciones contra miembros del partido y familiares del presidente.
Sin embargo, el magistrado, siguiendo la oposición de Anticorrupción a la petición de imputación, considera que todavía falta un "principio de prueba" para atribuir responsabilidad penal a la organización socialista. Reconoce expresamente que "los hechos pudieran presentar en abstracto apariencia delictiva por parte del PSOE", pero advierte de que aún no existe un elemento objetivo suficiente que permita sostener razonablemente esa atribución.
La resolución identifica cinco cuestiones que deben esclarecerse: los poderes reales de Cerdán dentro del partido, quién autorizó y ejecutó los pagos investigados, qué controles internos existían, si fallaron los mecanismos de supervisión y si la formación obtuvo algún beneficio de las conductas presuntamente delictivas. El juez recuerda que para imputar penalmente a una persona jurídica no basta con que sus dirigentes hayan cometido delitos. Debe establecerse también una conexión con la organización, un beneficio directo o indirecto y deficiencias relevantes de control.
FACTURAS PARA DAR COBERTURA
Pedraz pone especialmente el foco en el dinero que habría llegado a Leire Díez y otros integrantes del entramado. Quiere determinar si los pagos se realizaron con conocimiento de la finalidad de las operaciones, si fueron ordenados por Cerdán y si salieron directamente de cuentas del PSOE.
El magistrado exige aclarar "quién ordenó materialmente esos pagos", quién podía disponer de las cuentas bancarias, cómo se contabilizaron y "qué concepto se hizo constar en la transferencia o contabilidad". También plantea averiguar si existían "facturas, contratos u otros documentos destinados a proporcionar una cobertura aparente al pago".
La investigación deberá establecer igualmente quién validó los gastos, si intervino el departamento financiero, si existían límites o exigencias de doble firma, si los órganos de dirección tuvieron conocimiento de las operaciones y si se produjeron alertas internas. Pedraz pregunta incluso "si el sistema de control permitió pagos de esta naturaleza sin comprobación alguna".
Parte de estas diligencias ya están acordadas. El pasado martes, el magistrado ordenó al PSOE entregar la relación completa de abogados, despachos y consultoras contratados entre 2021 y 2025 por sus órganos centrales y territoriales, junto con los expedientes y justificantes de los servicios prestados. También sigue pendiente el análisis de documentación intervenida en Ferraz y en los domicilios de Cerdán y otros investigados.
La acusación popular unificada, de la que forma parte el PP, había solicitado investigar al PSOE por cohecho, tráfico de influencias, blanqueo de capitales, financiación ilegal y malversación. Su escrito, registrado esta semana, sostiene que Cerdán utilizó las instalaciones, el personal y los fondos del partido para sostener las actividades de Díez y otros integrantes de la supuesta organización criminal.
Los informes de la Unidad Central Operativa (UCO) sitúan uno de los momentos decisivos de aquellas maniobras en la reunión celebrada el 26 de abril de 2024 en Ferraz, convocada por Cerdán tras la apertura de investigaciones que afectaban al entorno presidencial. Según los agentes, a partir de entonces se desplegaron distintas iniciativas para obtener información comprometida sobre investigadores y obstaculizar procedimientos judiciales.
Entre los objetivos de esas actuaciones figuraban el fiscal José Grinda, la magistrada Mercedes Alaya, miembros de la UCO y la jueza Beatriz Biedma, instructora de la causa contra David Sánchez, hermano del presidente. También se investigan contactos con testigos de procedimientos de corrupción y maniobras para alterar sus declaraciones.
Sin embargo, el magistrado, siguiendo la oposición de Anticorrupción a la petición de imputación, considera que todavía falta un "principio de prueba" para atribuir responsabilidad penal a la organización socialista. Reconoce expresamente que "los hechos pudieran presentar en abstracto apariencia delictiva por parte del PSOE", pero advierte de que aún no existe un elemento objetivo suficiente que permita sostener razonablemente esa atribución.
La resolución identifica cinco cuestiones que deben esclarecerse: los poderes reales de Cerdán dentro del partido, quién autorizó y ejecutó los pagos investigados, qué controles internos existían, si fallaron los mecanismos de supervisión y si la formación obtuvo algún beneficio de las conductas presuntamente delictivas. El juez recuerda que para imputar penalmente a una persona jurídica no basta con que sus dirigentes hayan cometido delitos. Debe establecerse también una conexión con la organización, un beneficio directo o indirecto y deficiencias relevantes de control.