Normativa
Confirmado: este es el cambio que afecta a las transferencias bancarias inmediatas que acaba de entrar en vigor
El 9 de octubre de 2025 ha entrado en vigor una novedad importante


Actualizado el 13/10/2025 a las 08:19
Desde el 9 de octubre de 2025 ha entrado en vigor un cambio importante que afecta directamente a las transferencias bancarias inmediatas en España. La nueva normativa europea obliga a las entidades financieras a ofrecer este servicio en igualdad de condiciones con las transferencias ordinarias, lo que significa que ya no podrán cobrar comisiones más altas por enviar dinero de forma instantánea. Además, todos los bancos deberán incorporar el sistema de transferencias inmediatas en sus plataformas si todavía no lo tienen disponible, garantizando así que cualquier usuario pueda enviar y recibir dinero en segundos, todos los días del año y a cualquier hora.
Otra de las grandes novedades es la mejora en la seguridad de las operaciones. A partir de ahora, los bancos deberán ofrecer un mecanismo que permita comprobar que el IBAN introducido coincide realmente con el nombre del beneficiario. Si el nombre es similar pero no exacto, la entidad deberá mostrar el nombre asociado antes de que el cliente confirme la operación. Y si no coincide, deberá advertir al ordenante antes de ejecutar la transferencia, con el objetivo de reducir los fraudes y los errores en los pagos.
En cuanto a los importes, el reglamento establece que las transferencias inmediatas pueden alcanzar los 100.000 euros, ejecutándose en menos de 20 segundos. Sin embargo, la realidad es que la mayoría de las entidades aplican límites más bajos por motivos de seguridad o política interna. Por ejemplo, Caja de Ingenieros solo permite transferencias inmediatas de hasta 700 euros, mientras que BBVA y Bankinter fijan un tope de 1.000 euros por operación y 5.000 al día. Otros bancos, como Caixabank, Sabadell o Santander, permiten hasta 15.000 euros, y solo algunos, como Abanca o Kutxabank, han adoptado el límite máximo de 100.000 euros que marca la normativa.
Cabe recordar que desde enero de 2025 las entidades ya estaban obligadas a equiparar el coste de las transferencias inmediatas al de las ordinarias, un paso que ha permitido a los consumidores acceder a este servicio sin pagar más por la rapidez. Aun así, la OCU advierte de que muchos bancos mantienen límites demasiado bajos, lo que obliga a los clientes a dividir pagos en varias operaciones. Por ello, la organización de consumidores ha pedido al Banco de España que establezca criterios claros y supervise estos límites para evitar abusos y garantizar que el sistema funcione de forma justa y transparente para todos.