Justicia

El Gobierno propone limitar el mandato del fiscal general aunque seguirá nombrándolo

La reforma del Ministerio Público, prevista para enero de 2028, restringe a cinco años la jefatura, la desliga de la legislatura y regula el motivo del cese

El ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños,  atiende a los medios de comunicación, en la sede del Ministerio (Palacio de Parcent) /
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El ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, atiende a los medios de comunicación, en la sede del Ministerio (Palacio de Parcent) /
El ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños,  atiende a los medios de comunicación, en la sede del Ministerio (Palacio de Parcent) /

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Agencia Colpisa

Publicado el 13/05/2025 a las 20:35

El Gobierno aprobó este martes en el Consejo de Ministros la reforma por la que pretende desligar el mandato del fiscal general del Estado de la duración de la legislatura con el fin de "reforzar la independencia del Ministerio Fiscal" y responder a las "reiteradas recomendaciones" de la Comisión Europea y del Consejo de Europa. El ministro de Justicia, Presidencia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, que vinculó este cambio legislativo al pendiente de la Ley Orgánica de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim), previsto para verano, incidió en que la medida "acerca" a España a los "mejores estándares europeos". 

"Hacemos claramente una apuesta por reforzar la autonomía del Ministerio Fiscal. Creemos que es un avance decisivo", subrayó Bolaños, en un contexto en el que el papel del fiscal general está en cuestión a raíz del encausamiento ante el Supremo de Álvaro García Ortiz por la filtración del correo del abogado del novio de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso. A preguntas de los periodistas en la rueda de prensa posterior al Consejo, el ministro reiteró el apoyo al investigado pero eludió aclarar si éste debería renunciar a su puesto en el caso de que acabe sentado en el banquillo.

Bolaños aprovechó, no obstante, para deslindar esta modificación legal de ningún "asunto de actualidad" y precisó que la mismo, en el marco de la Lecrim, entre en vigor el 1 de enero de 2028; es decir, con la nueva legislatura en el supuesto de que Pedro Sánchez agote su mandato hasta verano de 2027. Es decir, la reforma concernirá de salir adelante a quien releve a García Ortiz, que no puede repetir en el cargo porque lleva ya dos mandatos. El titular de Justicia presumió de que el cambio legislativo es a "40, 50 o 60 años vista".

Estas son las claves de la reforma del estatuto de la carrera con la vista puesta en que los fiscales asuman las investigaciones penales.

MANDATO

Cinco años improrrogables. El nombramiento del fiscal general seguirá siendo potestad del Poder Ejecutivo, no de los fiscales. Sin embargo, su mandato con esta reforma será de cinco años y dejará de coincidir con el del Gobierno. Además, no será renovable, salvo que el titular haya ocupado el cargo menos de un año. En el caso de cese anticipado, el nuevo jefe de la Fiscalía completará el tiempo restante del mandato anterior con un nuevo Ejecutivo. Ceses Regulación restrictiva Para evitar ceses discrecionales, el Gobierno solo podrá apartar al fiscal general por "incumplimiento grave o reiterado de sus funciones" y previo informe del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Asimismo, se prohibirá que comparezca ante el Consejo de Ministros -algo que el propio Bolaños constató ayer que no ha sido excepcional- y cualquier comunicación entre éste y el Ejecutivo "deberá constar por escrito y ser publicada".

COMPETENCIAS

Mayor autonomía funcional. La reforma también otorga "mayor autonomía funcional" al Ministerio Público, ya que el nombramiento, ascenso y régimen disciplinario de los principales fiscales pasarán a ser competencia del fiscal general en lugar del Gobierno. Con vistas a la futura Ley de Enjuiciamiento Criminal, el texto prevé que la Fiscalía dirija la Policía Judicial en la investigación de delitos. Así, el fiscal jefe designará a los instructores y se aplicará el mismo régimen de abstención y recusación que a los jueces, conforme a la Ley Orgánica del Poder Judicial.

CONTROLES

Contrapoderes y financiación. Otro de los puntos de esta reforma es el papel que se dará a la Junta de Fiscales de Sala, ya que podrá imponer su criterio al del fiscal general si cuenta con una mayoría cualificada de tres quintas partes. En materia de transparencia, se establece que las asociaciones de fiscales "no podrán recibir financiación privada ni de gobiernos u organismos extranjeros". Además, estas deberán inscribirse en un registro oficial que dependerá de la Fiscalía General del Estado. Por último, la preparación de opositores por parte de fiscales requerirá autorización previa del fiscal general y quedará reflejada en un registro público, también dependiente de la Fiscalía. El objetivo, según el Ejecutivo, "es evitar conflictos de interés y aumentar el control sobre esta actividad".     

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