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Justicia

El TSJC condena a Borràs a 4 años pero propone su indulto para evitar la prisión

El alto tribunal catalán atribuye a Borràs los delitos de prevaricación y falsedad documental

Ampliar La ya expresidenta del Parlament, Laura Borràs, durante la reunión reunión de la Mesa del Parlament
Laura Borràs, en una fotografía de archivo en la Mesa del ParlamentEfe
Actualizado el 30/03/2023 a las 12:44
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha condenado a la presidenta suspendida del Parlament, Laura Borràs, a 4 años y medio de cárcel por adjudicar contratos a dedo en la Institució de les Lletres Catalanes, pero propone su indulto parcial para que pueda evitar la prisión.
En la sentencia, que se puede recurrir, el alto tribunal catalán atribuye a Borràs los delitos de prevaricación y falsedad documental, por los que también le impone una condena de 13 años de inhabilitación y una multa de 36.000 euros.
La sentencia propone al Gobierno la concesión de un indulto parcial en favor de Borràs, en referencia exclusivamente a la pena de prisión impuesta y de dos años y medio como máximo, de forma que su condena quede en dos años y pueda beneficiarse de una eventual suspensión que la libre de entrar en la cárcel.
En este sentido, la sentencia, que cuenta con un voto particular que propone condenar a Borràs a como máximo 21 meses de prisión por falsedad documental -al apreciar dilaciones indebidas-, destaca que la pena de prisión que impone la sala "resulta desproporcionada y excesiva" para los hechos cometidos por la presidenta suspendida del Parlament.
Según la sala, la pena de cárcel por este delito continuado de falsedad documental "en ningún caso" puede resultar inferior a los 4 años y medio de prisión a que condenan a Borràs.
La sentencia precisa, además, que las "concretas actividades falsarias" que llevó a cabo Borràs no estaban orientadas a obtener un "lucro personal", sino que tenían como "único sentido o razón de ser" el "enmascaramiento" ante los organismos de control de la conducta prevaricadora, por la que ya se la condena a 9 años de inhabilitación.
De esta forma, en el caso de Borràs, la sentencia concluye que la acumulación real de penas, por la suma del delito de prevaricación y el de falsedad, comportan que la condena de cárcel que se le impone resulte "excesiva".
Asimismo, subraya que no es "necesario" ejecutar la pena de prisión impuesta a Borràs para "evitar la comisión futura de nuevos delitos", teniendo en cuenta la "efectividad" de las condenas de inhabilitación impuestas: 4 por falsedad y 9 por prevaricación.
Por este motivo, elevan al Gobierno una propuesta de indulto parcial de la pena de prisión para Borràs, de forma que la condena quede en dos años y le pueda ser suspendida por carecer de antecedentes penales.
En el juicio, que finalizó el pasado 1 de marzo, la Fiscalía pidió para Borràs seis años de cárcel y 21 de inhabilitación por fragmentar en 18 contratos menores el proyecto de la web de la ILC, por un valor de 335.700 euros, para adjudicarlos de manera "totalmente arbitraria" a su amigo Isaías H., sabiendo que cometía una irregularidad.
Además, la sentencia impone dos años de cárcel a Isaías H., el amigo de Borràs adjudicatario de los contratos, y un año y dos meses para Andreu P., quien se prestó a hacer facturas falsas para encubrir las irregularidades, ambos como cooperadores necesarios del delito de falsedad documental, una pena que se les podría suspender de forma que no entraran en la cárcel.
La sala reconoce la atenuante muy calificada de confesión para los dos acusados, quienes antes del juicio negociaron con la Fiscalía un acuerdo para delatar a Borràs a cambio de una rebaja de condena.
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