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Pensiones

Fe de Vida: qué es y para qué sirve el certificado laboral para pensionistas

Las redes sociales pusieron en duda recientemente a los pensionistas españoles sobre quién debía presentar la fe de vida

Ampliar Dos pensionistas paseando por la calle.
Dos pensionistas paseando por la calle.
Publicado el 21/03/2023 a las 09:41
La Fe de Vida y Estado, como el propio término indica, acredita que una persona está viva, así como su estado civil. Básicamente, se trata de un documento que deben presentar los pensionistas españoles que residen en el extranjero para evitar la suspensión de las pensiones de la Seguridad Social.
Tal y como detalla el Ministerio de Trabajo y Economía Social, estas personas tienen la obligación de remitir esta acreditación anualmente, en los tres primeros meses del año al organismo que se encarga de abonar la cuantía de la pensión. En 2023 el plazo termina el 31 de marzo. 
La Fe de Vida se puede obtener mediante acta notarial de presencia o compareciendo ante los encargados de los Registros Civiles Consulares, o también se expiden en las Consejerías o Secciones de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social del lugar donde residan.
Alternativamente, los pensionistas residentes en el extranjero pueden acreditar su vivencia por videoconferencia ante estas Consejerías o Secciones de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social del lugar donde resida el pensionista, con la finalidad de evitar el desplazamiento a los interesados.

Reciente confusión en redes sociales

Las redes sociales han hecho saltar las alarmas entre los pensionistas españoles recientemente, ya que se hicieron virales mensajes en los que se aseguraba que todos los pensionistas debían presentar una Fe de Vida antes del 31 de marzo si no querían perder sus pensiones.
Ante el revuelo, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones aclara en un comunicado que “únicamente los pensionistas que residen en el extranjero están obligados a presentar el certificado de fe de vida para seguir percibiendo su pensión” antes del próximo 31 de marzo.
A través del mismo comunicado se tranquiliza a los pensionistas residentes en España, los cuales “no deben presentar ninguna comunicación de fe de vida ni realizar ningún otro trámite con el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y seguirán percibiendo su prestación con normalidad sin la necesidad de remitir ninguna documentación al respecto”.
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Ante la proliferación de este tipo de noticias falsas, desde el Ministerio de Inclusión ruegan responsabilidad para evitar confusiones a los ciudadanos.
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