Opinión
Opinión
Y después del 155 ¿qué?
El autor recomienda al Gobierno central tomar nota de lo ocurrido en Quebec y la forma en la que se gestionó su referéndum independentista
- Manuel Pulido Quecedo
Se discute estos días sobre el alcance y límites del art. 155 CE una vez que el Gobierno ha decido activarlo. No sabemos si a Cámara lenta, -a modiño, según Rajoy- o con todas su consecuencias para restaurar el orden constitucional subvertido, tras los sucesos de los días 6 a 8 de septiembre, el 1-0 y la “declaración de independencia” suspendida de Puigdemont.
El carácter abierto e indeterminado del artículo 155 CE permite al Gobierno adoptar todas aquellas medidas que obliguen a las autorida
Comentarios
Te recomendamos que antes de comentar, leas las normas de participación de Diario de Navarra