TRIBUNALES
El Supremo rechaza el recurso de Sustrai contra la estación del TAV
El Tribunal Superior de Justicia de Navarra desestimó el recurso presentado por la fundación en el año 2012
- EFE. PAMPLONA
El Tribunal Supremo falló en contra de la Fundación Sustrai Erakuntza en su oposición al acuerdo del Gobierno de Navarra que aprobó el Plan Sectorial de Incidencia Supramunicipal para el desarrollo de la nueva estación del Tren de Alta Velocidad y la antigua del tren en Pamplona.
Sustrai recurrió en primera instancia este acuerdo de 2010 ante el Tribunal Superior de Justicia de Navarra, que en 2012 desestimó su recurso.
La Fundación apeló entonces en casación ante el Supremo, cuya sala de lo Contencioso Administrativo ha vuelto a fallar ahora en contra al desestimar el recurso y además impone a Sustrai el pago de 1.500 euros para honorarios del abogado de la Administración recurrida.
El fallo precisó que la sentencia recurrida por Sustrai está "debidamente motivada y no ha incurrido en incongruencia omisiva, habiéndose respetado en la tramitación del procedimiento de aprobación del Plan Sectorial los principios de información y participación pública en materia ambiental".
Y al respecto la sentencia añade que no es exigible en la declaración de incidencia ambiental del Plan aprobado el estudio de alternativas, "con el que deberá contar la Evaluación de Impacto Ambiental del proyecto que se presente para su ejecución".