pamplona
Actualizada 30/05/2013 a las 17:00
Un año de cárcel por lanzar una piedra a un policía en la huelga de marzo de 2012
- efe. pamplona
El juzgado de lo Penal número 5 de Pamplona ha condenado a un año y un mes de prisión a un hombre por lanzar una piedra a un policía durante la huelga general del 29 de marzo de 2012.
En la sentencia se considera probado que F.M.L., de 31 años y vecino de Ansoain, se encontraba sobre las 19:00 horas en el Paseo Sarasate de Pamplona, formando parte de un piquete informativo de la huelga general.
En ese momento, se relata en la sentencia, el acusado lanzó una piedra de pequeño tamaño que golpeó en un hombro a un policía nacional, al que no causó lesiones, y le arrojó asimismo una corteza de árbol que no llegó a impactarle.
La defensa pidió en el juicio que los hechos no fueran calificados de delito, sino como una falta, debido al pequeño tamaño de la piedra que lanzó el acusado.
En ese sentido, el juez indica que, si bien es cierto que la piedra era pequeña, como reconoció el policía, la misma "podía causar un evidente daño al agente, según la zona que le golpeara", sobre todo teniendo en cuenta que no llevaba protegida la cara.
El magistrado considera que estos hechos son constitutivos de un delito de atentado y condena al acusado a un año y un mes de prisión.
En la sentencia se considera probado que F.M.L., de 31 años y vecino de Ansoain, se encontraba sobre las 19:00 horas en el Paseo Sarasate de Pamplona, formando parte de un piquete informativo de la huelga general.
En ese momento, se relata en la sentencia, el acusado lanzó una piedra de pequeño tamaño que golpeó en un hombro a un policía nacional, al que no causó lesiones, y le arrojó asimismo una corteza de árbol que no llegó a impactarle.
La defensa pidió en el juicio que los hechos no fueran calificados de delito, sino como una falta, debido al pequeño tamaño de la piedra que lanzó el acusado.
En ese sentido, el juez indica que, si bien es cierto que la piedra era pequeña, como reconoció el policía, la misma "podía causar un evidente daño al agente, según la zona que le golpeara", sobre todo teniendo en cuenta que no llevaba protegida la cara.
El magistrado considera que estos hechos son constitutivos de un delito de atentado y condena al acusado a un año y un mes de prisión.
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