El juzgado de instrucción número 2 de
Mahón ha dictado una
sentencia que prohíbe a un ciudadano ir al cine durante cuatro meses y lo condena a una pena de
seis días de arresto domiciliario por
grabar una película durante su proyección.
Según expone esta sentencia, esta grabación supone una "falta" contra la "propiedad intelectual", por la cual también se lleva a cabo el
comiso definitivo de la terminal de móvil empleada.
El expediente se abrió a raíz de una
denuncia presentada por Warner Home Video y supone la
primera sentencia condenatoria en España contra esta actividad, según indicó este viernes en un comunicado la Federación para la Protección de la Propiedad Intelectual.
Según consta en dicha sentencia, el condenado fue
sorprendido "in fraganti" por el personal del cine, que intervino el dispositivo de grabación. Además, el acusado poseía
antecedentes, puesto que fue detenido en dos ocasiones anteriores por motivos similares, lo que, unido a las características de su móvil --tapa modificada para evitar reflejos, un programa especial para grabación y edición y la ausencia de tarjeta SIM-- hizo
sugerir que las imágenes obtenidas iban a ser comercializadas en Internet sin permiso de sus propietarios y a cambio de un beneficio económico.
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