Los miembros de la
Familia Real no podrán
aceptar regalos que, por su "alto valor económico, finalidad o interés comercial o publicitario", puedan
"comprometer la dignidad" de sus funciones institucionales,
ni "favores o servicios en condiciones ventajosas" ni tampoco préstamos sin interés o dinero.
Así lo establece el régimen de regalos que
acaba de aprobar la Casa del Rey siguiendo órdenes de Felipe VI, que entrará en vigor en enero y en el que también se obliga a los integrantes de la Familia Real
bien a devolver el dinero que les sea entregado como obsequio o a donarlo, de forma anónima, a una entidad sin ánimo de lucro que persiga fines de interés general.
Estos novedosos preceptos, que por vez primera regulan un ámbito para el que la Casa Real carecía de normas de actuación, distingue entre
regalos institucionales, que siempre pasarán a Patrimonio Nacional, y los de carácter personal, que podrán aceptarse "cuando no superen los usos sociales o de cortesía"; en caso de excederlos, irán a Patrimonio o a entidades sin ánimo de lucro.
Otra importante novedad, según ha anunciado este jueves la Casa del Rey, es que la institución publicará anualmente en su
página web la relación de obsequios institucionales entregados el año anterior, con descripción de todos los obsequios reseñados, identificación del donante y de la entidad a la que se hayan destinado.
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