Lo que dice el Código Penal. El artículo sobre abusos sexuales (atentar contra la libertad sexual sin violencia o intimidación y sin consentimiento) marca que los "se consideran abusos sexuales no consentidos los que se ejecuten sobre menores de trece años". Asimismo, el código agrava las penas para la agresión sexual (con violencia e intimidación) cuando la víctima sea especialmente vulnerable por edad y otras situaciones y "en todo caso, cuando sea menor de trece años".
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