No obstante señala que "no justificaría que de forma aislada se pudieran admitir este tipo de actitudes de un padre frente a un hijo"
El Defensor del Menor de Madrid, Arturo Canalda, considera que puede resultar "muy negativo para el menor" la condena impuesta a una mujer de un año de alejamiento de su hijo por haberle dado un bofetón y agarrarle del cuello en una discusión. "Si se tratara de un hecho puntual y como parece incluso accidental, podemos entender excesiva dicha resolución judicial que condena a la madre a 45 días de prisión y a un año de alejamiento del menor", ha explicado Canalda, quien opina que "se deberían ponderar muy bien las consecuencias que para el propio niño pueden tener las sanciones".
No obstante, ha señalado que "no justificaría que de forma aislada se pudieran admitir este tipo de actitudes de un padre frente a un hijo, sino que lo que se plantea ante un hecho de estas características es si la decisión adoptada por el juez pudiera suponer para el menor un daño añadido al propio castigo físico infligido por la madre".
De la sentencia, que reconoce que no conoce el contenido íntegro por lo que ha pedido prudencia, "cabría entender que el juez haya podido valorar aspectos que tengan que ver con el correcto ejercicio de la patria potestad por parte de la madre del niño, de forma continua y no exclusivamente asociado a este incidente concreto", ha opinado.
"Es evidente que el maltrato físico existe y que debe ser perseguido. Sólo entre un 20 y un 30% de los casos se detectan y que es la mayor situación de vulnerabilidad que puede sufrir un menor", ha recordado el defensor del menor madrileño.
Un juzgado de Jaén ha impuesto esta condena a una mujer que agredió a su hijo, de 10 años, con el que mantenía una discusión por no haber hecho los deberes, al cogerle del cuello para levantarlo del suelo y darle un tortazo en la cabeza.
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