La sentencia ve probado que el condenado pegó una patada al policía que protegía a la alcaldesa en las "Vísperas"
El Juzgado de lo Penal número 3 de Pamplona ha condenado a Francisco Javier Álvarez de Eulate Pelaez a dos años de prisión y una multa de 1.200 euros por un delito de atentado contra la autoridad cometido en 2006 al haber propinado una patada al agente de la Policía Foral que protegía a la entonces alcaldesa de Puente la Reina, Eva Erro Ochoa (de la Agrupación Ximénez de Rada), en un acto de las fiestas. El fallo es recurrible.
La sentencia considera probado que el 24 de julio de 2006, durante la celebración de Las Vísperas , y "dadas las amenazas que la alcaldesa había recibido y ante el temor de que pudiera producirse algún incidente", se montó un dispositivo por parte de la Policía Foral. Sobre las cinco de la tarde, los agentes se encontraron "con un numeroso grupo de personas en la Plaza Mena con la calle Mayor" que impedía el paso a la banda de música, "negándose a disolverse a pesar de los requerimientos que les efectuaron los agentes".
Dicho grupo, en el que se encontraba el acusado, increpó e insultó a la alcaldesa con frases como, entre otras, "española, vete" o "ladrona, corrupta". Poco antes de estos hechos se había publicado un informe de la Cámara de Comptos en el que se detectaba mala gestión en el consistorio puentesino.
Cambio de recorrido
El fallo continúa que en vista de que no se podía acceder por la calle Mayor, la alcaldesa decidió cambiar de recorrido, "siendo seguidos por el grupo mencionado", por lo que los agentes optaron por evacuar a la alcaldesa, "momento en el que el acusado, de forma claramente intencionada, propinó una patada a la alcaldesa que no logró impactarle porque se interpuso un agente de la Policía Foral", que fue quien recibió la patada en su pierna izquierda, "mostrando el acusado en todo momento una actitud claramente violenta y despectiva haciendo gestos obscenos a los agentes a la vez que decía, entre otras, "estáis muertos", además de insultos.
El agente, que identificó en el juicio al acusado "sin género de dudas", sufrió una contusión en cadera izquierda que necesitó tres días de curación no impeditivos para sus ocupaciones habituales.
El juez prosigue que durante el transcurso de los hechos se tiró una ristra de petardos que impactó en otro policía. Otros dos agentes también sufrieron lesiones por estos hechos constitutivos de falta, sin que se haya acreditado que el causante fuera el acusado, según la sentencia.
Declaración "constante"
En su defensa, el procesado negó todas las acusaciones, pero el juez argumenta que los testigos que presentó "en modo alguno han permitido desvirtuar las alegaciones de las de la acusación", en particular la de dos agentes que "manifestaron de forma clara, constante y sin contradicciones" cómo se desarrollaron los hechos.
Los agentes de la Policía Foral también coincidieron en la descripción de la ropa que llevaba. Por ello, condena al acusado porque "el mero acometimiento, aun sin llegar a impactar, constituye un delito de atentado a la autoridad y dado que se impactó en el agente de la autoridad que custodiaba y protegía a la alcaldesa, de lo cual era consciente el acusado".
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