El desarrollo de los dos reales decretos aprobados por el Congreso contiene las siguientes particularidades:
1 Activos financieros El Fondo estatal comenzará a comprar activos financieros en noviembre .
-Tendrá una dotación inicial de 30.000 millones ampliables a 50.000 que se financiará con deuda que emitirá el Tesoro.
-Se adquirirán cédulas hipotecarias o bonos de titulización respaldados por préstamos a familias y empresas no financieras.
-La selección se hará mediante subasta y la adquisición mediante compra en firme o con carácter temporal, es decir, con pacto de recompra.
-Se primará la adquisición de activos respaldado por nuevo crédito, otorgado con posterioridad al 7 de octubre.
-La administración y gestión del fondo corresponde al Ministerio de Economía y Hacienda.
2 Avales El Estado otorgará avales a las operaciones de financiación nuevas que realicen las entidades de crédito residentes en España.
-Se incluyen las emisiones pagarés, bonos y obligaciones así como depósitos interbancarios de la zona euro.
-Se avalan operaciones con un plazo de vencimiento de hasta cinco años.
-El importe máximo de los avales en 2008 no excederá los 100.000 millones de euros.
3 Títulos de crédito El Ministerio de Economía está autorizado a adquirir hasta el 31 de diciembre, si fuera necesario, títulos emitidos por las entidades de crédito incluyendo participaciones preferentes y cuotas participativas, previo informe del Banco de España.
4 Fondo de garantía Aumenta la cobertura del fondo de garantía de depósitos e inversiones. La subida llega hasta 100.000 euros por titular y entidad financiera.
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