IRPF Y PATRIMONIO (I) Hay que cumplir con el fisco, como cada año. La campaña ya está en marcha y hay de plazo hasta el 20 de junio
Con abril llega la cita anual de la campaña de renta. Quién debe presentar la declaración de IRPF y de Patrimonio, cómo y dónde son algunas de las cuestiones que se explican a continuación, con la información facilitada por el departamento de Economía y Hacienda del Gobierno de Navarra.
1.- ¿Cuándo se tiene que presentar la declaración de renta de IRPF y de Patrimonio?
La campaña de renta comenzó el día 18 de abril y finalizará el próximo 20 de junio.
2.- ¿Quién está obligado a declarar?
Las personas que perciban una renta de trabajo superior a 9.700 euros anuales brutos. Esta cantidad ha subido ya que el año anterior el límite estaba en los 8.500 euros. Esta subida se debe a que el Gobierno foral aprobó una rebaja de la retenciones desde el uno de enero de 2007, por lo que la cuota final de la declaración de este año podría ser superior en algunos casos a la del anterior. También deben declarar los contribuyentes que hayan obtenido unos rendimientos de capital mobiliario e incrementos de patrimonio si son superiores a 1.600 euros brutos anuales (antes el límite estaba en los 1.500 euros). También están obligados a declarar los contribuyentes que tengan rendimientos de actividades empresariales o profesionales o de capital inmobiliario en el año 2007.
3.- Entonces, las personas que no llegan a esos límites, ¿no hacen declaración?
No tienen obligación de hacerla. Sin embargo, pueden presentarla si han tenido retenciones e ingresos a cuenta o efectuado pagos fraccionados que superen la cuota líquida (resultante de restar de la cuota integral la suma de las deducciones previstas). En este caso podrán solicitar la devolución de la cantidad resultante mediante la declaración del impuesto.
4.- ¿Quién tiene que presentar declaración de Patrimonio?
Los contribuyentes cuyo patrimonio neto (bienes menos deudas) sea superior a 300.506,06 euros o, cuando no dándose esa circunstancia, el valor de sus bienes y derechos (incluidas las deudas) supere los 601.012,10 euros. Debe tenerse en cuenta que desde el uno de enero de 2000, la vivienda habitual está exenta (no es objeto de tributación) hasta una cuantía de 150.253,03 euros, pero es una cantidad por contribuyente, es decir, en una declaración conjunta la cantidad exenta será el doble.
5.- Si soy uno de los que recibe la declaración hecha ya en su casa, ¿qué debo hacer?
Lo primero, debe revisar la hoja de datos fiscales y comprobar que estén todos correctos. Si está conforme con la declaración recibida y la propuesta es a devolver, no debe hacer nada más. En este caso ya se le habrá ingresado la devolución y su propuesta recibida se convertirá en definitiva. Si está conforme y le sale a pagar, el importe que debe ingresar será domiciliado en dos plazos, del 50% cada uno, el 2 de julio y el 20 de noviembre, en la cuenta bancaria que figura en la propuesta. Si quiere cambiar el número de cuenta de su domiciliación o anular la misma puede hacerlo por teléfono, internet o mensaje SMS.
6.- ¿Y si no estoy de acuerdo?
Entonces, debe romper la propuesta y hacer una nueva declaración. Si la nueva declaración sale a devolver y la diferencia con la que se ha enviado es a su favor, esa diferencia se le devolverá. Si es en contra, la diferencia debe ingresarla mediante carta de pago. Si la nueva declaración que hace le sale a pagar y ya se le ha devuelto alguna cantidad, deberá ingresar lo que le devolvió Hacienda y la cantidad que le sale a pagar en la nueva declaración, esta última en uno o dos plazos.
7.- ¿Quién me puede hacer la declaración?
El contribuyente puede hacer él mismo la declaración de la renta, pero también se la pueden hacer en las oficinas del gobierno de Navarra y en las entidades colaboradoras.
8.- ¿Dónde están las oficinas del Gobierno donde me pueden hacer la declaración?
El departamento de Economía del gobierno foral tiene varias oficinas donde elaboran las declaraciones de los contribuyentes. La de Pamplona está en la calle Monjardín, 3. El resto de las oficinas están en Barañáin (Av.Comercial, 22), Burlada (Plaza Ezcazábal, 9), Estella (Plaza de la Coronación, 2), Tafalla (Plaza Teófano Cortés, 10) y Tudela (Plaza Sancho el Fuerte, 8).
9.- ¿Qué tengo que hacer para que me hagan la declaración en una de esas oficinas?
Debe pedir cita previa en el teléfono 901 505 505, los días laborales, de 8:30 a 17:30. También se puede solicitar por internet, a cualquier hora del día durante toda la semana en el portal de Navarra http://www.navarra.es.
10.- ¿Qué son las entidades colaboradoras?
Son entidades que ofrecen a sus clientes confeccionar la declaración de renta. El departamento colabora con ellas para ofreciéndoles formación, la información fiscal del fichero de Hacienda y facilitando los programas para hacer la declaración. Son 23 (entidades financieras, asociaciones profesionales, colegios...) que cuentan en total con 1.300 oficinas para la elaboración de declaraciones.
11.- Si la hago por mi cuenta en papel, ¿dónde debo presentarla?
En las mismas oficinas de Hacienda donde se hacen las declaraciones, sin necesidad de pedir cita previa.
12.- ¿Tengo otras formas de hacer la declaración?
Uno mismo, además de hacerla de manera manual, puede presentar su declaración a través de internet (http://www.navarra.es), en el programa "cuánto me sale". Además, también se puede obtener información sobre la cita previa, datos fiscales o saber si le han enviado la autoliquidación y si sale a devolver. Para ello es necesario introducir el NIF, número PIN, o con certificado digital. Estos datos también pueden ser obtenidos a través de la Televisión Digital Terrestre (TDT), para lo que es necesario tener un decodificador con capacidad interactiva y transaccional y acceso mediante DNI y PIN. También se puede conseguir esa información a través del teléfono móvil, en el número 5113.
13. ¿Cuándo empiezan las devoluciones de las declaraciones que salen a devolver?
Las primeras devoluciones de las declaraciones presentadas en las oficinas se harán el 7 de mayo.
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