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TRIBUNALES

No disolver los grupos parlamentarios de partidos ilegalizados es un delito

El Tribunal Supremo hace pública la sentencia de condena de Atutxa por el caso de AB en el Parlamento vasco

Actualizada Jueves, 17 de abril de 2008 - 04:00 h.
  • COLPISA. MADRID

El Tribunal Supremo dio a conocer ayer el contenido de la sentencia con la que ha condenado al ex presidente del Parlamento vasco Juan María Atutxa a un año y medio de inhabilitación para ocupar todo cargo público y a 18.000 euros de multa porque en 2003 desobedeció sus órdenes "de forma consciente y deliberada" y no promovió la disolución del grupo parlamentario Socialistas Abertzaleak, formado por diputados de la entonces recién ilegalizada Batasuna.

El alto tribunal no duda de que esa actuación constituyó un delito que también imputa a los miembros de la Mesa del Parlamento Kontxi Bilbao (IU) y Gorka Knörr (EA), condenados a penas menores -un año de inhabilitación y 12.000 euros de multa- porque su nivel de responsabilidad es inferior al del presidente de la cámara. El Supremo no sólo es taxativo en cuenta a la "palpable y reiterada" intencionalidad de desobedecer y a la "voluntad rebelde" hacia el tribunal de los tres condenados, sino que lanza una doble advertencia a los actuales responsables del Parlamento vasco de cara a futuros procesos de ilegalización de partidos como el que se tramita en la actualidad respecto de PCTV, también con grupo en la Cámara de Vitoria.

La sala indica, en primer lugar, que el Parlamento vasco "no puede poner pegas" a la ejecución de una resolución judicial que está obligada por ley a cumplir de inmediato.

En segundo lugar, señala que el reglamento de la Cámara no tiene lagunas, como alegaban los imputados, que impidan la disolución de un grupo parlamentario por orden judicial y el paso de sus miembros al grupo mixto.

Señala que, en el caso hipotético de que la tuviese, el único órgano autorizado para decirlo es el propio tribunal.


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