Sobre una sentencia relativa a la empresa Documentación de Medios, SA
Publicado el 22/03/2011 a las 01:01
En virtud de la Ley Orgánica 2/1984, de 25 de marzo, reguladora del Derecho de rectificación, la empresa Documentción de Medios, SA, publica la siguiente rectificación sobre la noticia publicada el 12 de marzo acerca de un auto contra la web Youkioske, que reproduce contenidos de revistas, en uno de cuyos párrafos se hacía referencia a Documentación de Medios, y a una sentencia dictada en su contra:
"1. Documentación de Medios desde su creación en 1988 ha venido cumpliendo con la legislación vigente en cada momento, por ser éste uno de los pilares de su filosofía empresaria y así sigue cumpliendo al día de hoy.
2. La ejecución de referencia corresponde a la sentencia de Mayo 2009, del Juzgado Mercantil Nº 6 de Madrid, actualmente recurrida ante la Audiencia Provicinial de Madrid, Sala 28, 1/2011.
3. Textualmente dice "...cesar en la actividad de press clipping, en cuanto a la reproducción y recopilación íntegra y comunicación pública de los contendios de los diarios periodísticos demandantes... 1 a 55 demandantes".
4. Que la controversia suscitada con la AEDE se centra en la distinta interpretación del art. 32 TRLPI que la empresa demandada mantiene: reconocimiento del periodista como autor según el texto del art. 32 TRLPI 23/2006. Autor de los artículos periodísticos seleccionados en la actividad de press clipping y que en la mayoría de los casos van firmados por un periodista, por lo que cree que le pertenecen como creador.
5. Al igual que la empresa demandada son varias la Asociaciones de Periodistas que comparten el criterio de periodista-autor según art. 32 TRLPI. Federación de Sindicatos de Periodistas (FeSP), Federación de Asociaciones de la Prensa de España (FAPE), Federación Europea de Periodistas (FEP) y Federación Internacional de Periodistas (FIP) como se desprende de sus páginas web."