» PORTADA
------------------

» ACTUALIDAD
------------------

» CANDIDATOS
------------------

UPN-PP
------------------

PSN-PSOE
------------------

IUN-IU
------------------

CDN-Coalición Europea
------------------

EA-Europa de los Pueblos
------------------

PNV-Pueblos de Europa
------------------

ARALAR
------------------

» PARLAMENTO EUROPEO
------------------

Competencias
------------------

Sistema de elección
------------------

Historia de la UE
------------------

» FORO
------------------

» ENLACES DE INTERÉS
------------------

 
 El Parlamento Europeo
 
Las competencias del Parlamento


Vista aérea del Parlamento Europeo
En el proceso de elaboración de las normas comunitarias el Parlamento Europeo, en su primera etapa, sólo tenía un poder consultivo sobre las propuestas de la Comisión al Consejo de Ministros. Sin embargo, el Acta Única Europea, que entró en vigor el primero de julio de 1987, reforzó considerablemente este poder. Así, en numerosas decisiones y, en concreto, aquellas que se referían a la construcción del mercado interior, el Parlamento Europeo participó de forma muy activa mediante el procedimiento legislativo de cooperación.

En diciembre de 1990, en Roma, el Consejo Europeo inauguraba, apenas tres años después de la entrada en vigor del Acta Única, la nueva revisión de los Tratados comunitarios con la puesta en marcha de las Conferencias Intergubernamentales sobre la Unión Económica y Monetaria y sobre la Unión Política. El Parlamento fue consultado y, en cierta medida, asociado al proceso en curso, mediante las conferencias interinstitucionales Parlamento-Consejo-Comisión.

En el Consejo Europeo de Maastricht de diciembre de 1991 los jefes de Estado o de gobierno de los Doce dieron luz verde a la revisión de los Tratados. El 7 de febrero de 1992, los Doce firmaron en Maastricht el nuevo Tratado de la Unión Europea que entró en vigor el 1 de noviembre de 1993. Dicho Tratado introdujo el procedimiento legislativo de codecisión que ha reforzado considerablemente la posición del Parlamento Europeo dentro del sistema comunitario.

Los tratados sucesivos y, en particular, el Tratado de Maastricht de 1992 y el Tratado de Amsterdam de 1997, han hecho que el Parlamento Europeo deje de ser una asamblea puramente consultiva y se convierta en una asamblea legislativa, con poderes presupuestarios y de control, que ejerce competencias comparables a las de los Parlamentos nacionales, pero a escala europea.

De Niza a la CIG del 2004: una nueva forma de construir Europa

Interior anexo al hemiciclo
Una nueva Conferencia Intergubernamental (CIG) comenzó sus trabajos en febrero de 2000, con el fin de adaptar las instituciones de la Unión para la ampliación a los países de Europa Central y Oriental. El Parlamento Europeo desplegó su acción política para que esta reforma fuera capaz de asegurar la eficacia de la acción comunitaria y reforzara el carácter democrático de los procesos de toma de decisiones de la Unión.

Paralelamente a la CIG, una Convención en la que participaron 16 miembros del Parlamento Europeo, junto a representantes de los Estados miembros y de los Parlamentos nacionales, elaboró un proyecto de Carta de los Derechos Fundamentales. Era la primera vez que el Parlamento europeo participaba en un proceso de naturaleza casi "constitucional".

Los trabajos de la CIG concluyeron en diciembre de 2000, en el Consejo Europeo de Niza, donde los Quince dieron su acuerdo al Tratado de Niza. También en el marco del Consejo Europeo de Niza, se proclamó la Carta de los Derechos Fundamentales por los presidentes de las tres instituciones (Parlamento, Consejo y Comisión).

El Tratado de Niza fue firmado en febrero de 2001 e introduce algunas reformas institucionales necesarias para la ampliación como son un nuevo reparto de escaños en el Parlamento europeo que podrá llegar a tener un máximo de 732 miembros, una nueva ponderación de votos en el Consejo y normas sobre la composición de la Comisión.

El Parlamento Europeo consideró que el Tratado de Niza no aportaba suficientes avances respecto a la democratización de las instituciones y a la mejora de la eficacia de los procesos de toma de decisiones. Por ello, el Parlamento acogió con satisfacción la Declaración n° 23 sobre el Futuro de la Unión, anexa al Tratado de Niza, en la que los Quince se comprometieron a abrir un debate a escala nacional y europea, en el que los representantes políticos y de la sociedad civil aportaran sus propuestas para que la Unión ampliada sea más democrática, eficaz y cercana de sus ciudadanos. Estas propuestas serán tenidas en cuenta por la próxima CIG que tendrá lugar en el 2004.

La Declaración n° 23 sobre el Futuro de la Unión define los principales temas que deben ser objeto de debate: la distribución de competencias entre la Unión y los Estados miembros, la simplificación de los Tratados, el estatuto de la Carta de los Derechos Fundamentales, y el papel de los Parlamentos nacionales y su contribución a una Unión más democrática.

El Consejo Europeo de Laeken de diciembre de 2001, retomando los compromisos adquiridos en Niza, e inspirándose en el método de trabajo que con gran éxito se había seguido para la elaboración de la Carta de los Derechos Fundamentales, decidió convocar una Convención con el cometido de examinar fundamentalmente las cuestiones esenciales definidas en la Declaración de Niza sobre el Futuro de la Unión.


Fachada del Parlamento al pie del río Senne
El Parlamento Europeo tiene una presencia destacada en la Convención a través de una delegación de 16 miembros que trabaja junto a 15 representantes de los Jefes de Estado o gobierno de los Estados miembros (uno por país), 30 miembros de los Parlamentos nacionales (dos por país) y dos representantes de la Comisión. Los países candidatos a la adhesión participan como observadores.

La Convención celebró su sesión constitutiva el 28 de febrero de 2002, bajo presidencia española y sus trabajos concluirán un año después, con la presentación de sus conclusiones al Consejo Europeo encargado de preparar la próxima CIG de 2004 que adoptará nuevas reformas de los Tratados.

La composición mayoritariamente parlamentaria de la Convención, su vocación de escucha a la sociedad civil, la transparencia y publicidad en el desarrollo de sus trabajos, suponen un cambio muy importante en los métodos que hasta ahora se habían seguido para las reformas institucionales, y van en el sentido que desde hace tiempo viene reclamando el Parlamento: incorporar la participación de los ciudadanos al proceso de construcción europea.



Información y debate

Proyecto candidato2004.net
Envía tus preguntas a los candidatos europeos. Ellos responden.

»Los candidatos navarros al Parlamento Europeo se enfrentan al examen final en Internet


Vídeo chat

Enrique Banús
[10/06/2004]
Centro de Estudios Europeos



Actualidad

Las noticias al momento
Todas las noticias de interés publicadas en tiempo real.


Candidatos


UPN-PP


PSN-PSOE


IUN-IU


CDN-COALICIÓN EUROPEA


EA-EUROPA DE LOS PUEBLOS


PNV-PUEBLOS DE EUROPA-GALEUSCA



ARALAR-EUSKAL HERRIA BAI



Opinión

Foro de debate
Discrepa sobre los distintos candidatos y programas que se presentan a los comicios.


Internet

Enlaces de interés
Partidos políticos, información oficial e instituciones europeas.



© Diario de Navarra - Navarra Interactiva.
Carretera Zaragoza s/n. 31.191 CORDOVILLA (NAVARRA).
Teléfono: 948 23 60 50. Fax: 948 15 03 20.
Publicación digital controlada por OJD