El pleno del Parlamento de Navarra aprobó hoy por unanimidad la ley del Plan Extraordinario del Plan de Inversiones Locales para el período 2009-2012, dotado con 9 millones de euros.
La ley establece un plan de inversiones para atender "las necesidades de inversión en infraestructuras locales que, habiendo sido solicitadas, no han sido incluidas en el plan ordinario aprobado para dicho periodo".
Las inversiones susceptibles de ser incorporadas al plan extraordinario estarán referidas a la necesidad de incrementar en un 10 por ciento y hasta 2,1 millones de euros las aportaciones a las obras de Planes Directores y de Programación Local incluidas en el plan ordinario sin la aportación de régimen especial que correspondía a las entidades locales destinatarias, debido a la limitación presupuestaria existente en dicho plan.
También se podrán incorporar hasta una aportación máxima de 500.000 euros obras de pavimentación no incluidas en el Plan Ordinario que estén asociadas a obras de redes que sí han sido incluidas.
Se podrá completar, hasta un máximo de 2,2 millones de euros, la inclusión total de las obras promovidas por entidades locales menores de 10.000 habitantes, con aportaciones limitadas por la aplicación de los porcentajes máximos establecidos en la Disposición Adicional 4ª de la Ley Foral 6/2008, de 24 de octubre de Inversiones Locales.
Asimismo, el plan extraordinario permite incorporar las obras de redes promovidas por entidades locales supramunicipales y, en su caso, las de pavimentación asociadas a aquellas, que hayan sido solicitadas por las entidades locales competentes de cada infraestructura.
Igualmente, se podrán atender aquellas actuaciones en urbanización de travesías cuya ejecución coordinada quede garantizada con motivo de decisiones del departamento de Obras Públicas del Gobierno de Navarra posteriores a la entrada en vigor del Plan Ordinario de Inversiones Locales.
El importe de las inversiones que conformen el Plan Extraordinario podrá incrementarse hasta en un 10 por ciento en el momento de fijar el compromiso económico con cargo al Fondo de Haciendas Locales, a cuyos efectos se reserva hasta un 7,5 por ciento de las aportaciones establecidas en el artículo 2 de esta Ley Foral.
El recurso económico asignado a las obras de redes previstas por entidades supramunicipales, a excepción de las correspondientes a travesías, se distribuirá entre las mancomunidades competentes en materia de redes con las siguientes limitaciones porcentuales: Mancomunidad de la Comarca de Pamplona, 45%; Mancomunidad de Montejurra, 25%; Mancomunidad de Mairaga-Zona Media, 10%; Mancomunidad de Moncayo, 10%; y Mancomunidad de Valdizarbe,10%.
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