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ELECCIONES EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA VASCA

No hay plazos fijos para la designación del "lehendakari"

En anteriores comicios han transcurrido entre dos y treses meses hasta que se constituye la Cámara y se vota al candidato

Actualizada Lunes, 2 de marzo de 2009 - 04:00 h.
  • EFE. VITORIA

Desde las doce de la noche de ayer y una vez celebradas las elecciones autonómicas, el Gobierno vasco está en funciones. Así se mantendrá hasta que tome posesión el nuevo Ejecutivo, para lo cual no existen plazos máximos establecidos en la legislación vigente. Habitualmente, han transcurrido entre dos y tres meses desde la jornada electoral, hasta elegir "lehendakari".

El sistema establecido en la Ley de Elecciones al Parlamento Vasco, la Ley de Gobierno y el propio Reglamento del Legislativo favorece que sean los grupos políticos mayoritarios quienes puedan determinar los plazos para la constitución de la nueva Cámara.

El requisito legal más destacado es que, una vez que se acredite un tercio de los parlamentarios (25), se debe convocar en 15 días la primera sesión de la Cámara. A partir del lunes, existe un plazo de algo más de dos semanas para la verificación del escrutinio y la posible presentación de reclamaciones.

Las negociaciones

Las Juntas Electorales de Álava, Guipúzcoa y Vizcaya proclamarán a los candidatos en un plazo de 20 días. Tradicionalmente, los grupos retrasan la presentación de las credenciales de sus miembros hasta que se perfila un acuerdo para la formación de coaliciones. Para la designación del lehendakari, el reglamento establece que será su presidente quien, tras oír a Mesa y la Junta de Portavoces, establecerá la fecha para la celebración del pleno de designación.

La normativa señala que transcurrido el plazo de 60 días desde la convocatoria de elección sin que ésta se lleve a efecto por falta de apoyos suficientes, el "lehendakari" en funciones declarará, mediante decreto, disuelto el Parlamento y convocará elecciones.

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